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LAS AUTORIDADES DEL CONCEJO DELIBERANTE DEBEN SER ELEGIDAS POR TODOS LOS CONCEJALES

Ante los infundados planteos realizados por Dody Arias para declarar la nulidad de la sesión preparatoria 2019 del Concejo Deliberante de Tartagal, es que el Presidente del cuerpo Eduardo Leavy junto al Vice Pdtte primero Jorge Gabito, se vieron obligados a presentar un recurso de Amparo para que la justicia ordene al concejal Arias de abstenerse de realizar actos contrarios a lo que estipula la Carta Orgánica y la propia Constitución .

Dody Arias, Foto: Ale Villafuerte

Más allá de algunas especulaciones políticas, que mencionaban «un supuesto Revez judicial en contra de Leavy», lo que la justicia resolvió en realidad, es que la discusión y la desicion sobre las autoridades del Concejo Deliberante, deben y pueden resolverse en el recinto ya que compete a todos los concejales elegir y ser elegidos como autoridades, y la acción expedita y rápida de Amparo no es la via mas idónea para estos temas.

No obstante y 10 días antes de conocerse esta Resolución Judicial, el Concejo Deliberante trato el Pedido del Concejal Arias y dicho proyecto fue rechazado por todos, inclusive por la Bancada Radical quien lo tildó de «…inconsistente e infundado…» (por ejemplo solicito la intervención de Organismos que no existen, cómo el caso de «la Corte de Justicia Electoral de la provincia»).

Pero sin dudas el motivo más importante que debe ser tenido en cuenta, es que el Edil Dody Arias, pidió la nulidad de la Sesión, luego de haber consentido la misma, estuvo presente (dio quorum), se autopostulo como Presidente del Cuerpo y emitió su voto.

De este modo existe concordancia entre el análisis de la Justicia y la acción del Concejo Deliberante, en cuanto a que las autoridades del Poder Legislativo deben ser elegidas por todos los concejales y dentro de ese mismo ámbito, no constituyen actos de legislación y tampoco constituyen actos de contralor por lo cual Chanchyn Leavy -naturalmente concejal y a cargo interinamente de la intendencia como estipula la Constitución- nunca ejerció 2 cargos públicos -como sostuvo erróneamente Arias-.

Con este planteo puede también interpretarse, que Dody Arias se quedó sin elementos Legislativos ni Judiciales, para cumplir un capricho personal, de intentar ser Intendente Interino de la Ciudad de Tartagal, a pesar de no contar con los votos de ninguno de sus pares -un verdadero mamarracho.

VIDEO SESIÓN (PEDIDO DE NULIDAD DE ARIAS)

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