A través de las disposiciones 1503 y 1504, que se publicaron este martes en el Boletín Oficial, el organismo prohibió la venta de los siguientes alimentos congelados:
–«Surtido de Hortalizas Congeladas, marca Jumbo», Lote LPI 183-18, vencimiento 17/05/2020, peso neto 400 gr, RNPA EXP N° 2906-7592/12, elaborado por Nutrifrost S.A., RNE N° 02-34268.
-«Espinaca Supercongelada, marca Maglia Alimentos Cormillot», Lote LPI 183-18, vencimiento 01/07/2020, peso neto 500 gr, RNPA N° 02-581458, elaborado por Nutrifrost S.A., RNE N° 02-34268.
La decisión se adoptó luego de que se detectara en los productos la presencia de Listeria monocytogenes, un microorganismo que puede causar infecciones, a veces graves en personas susceptibles (niños pequeños, embarazadas, ancianos o personas con el sistema inmune deprimido).
Por otra parte, a través de la disposición 1506 la ANMAT prohibió la venta de la «Cerveza a base de sorgo» de la marca Almirante Donn.
«El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos, 13 y 155 del CAA, por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal», explicó la ANMAT.
Y completó: «Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284».