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¿Escríbanos o Jueces de Paz quién puede autorizar un viaje con menores de edad?

Para salir de la provincia o del país con un menor, que viaja en compañía de uno de sus padres o, que viaje solo, es necesaria una autorización firmada ante escribano público.

Si bien existen otras opciones para realizar este trámite, los escribanos advierten a la población sobre la importancia de que esta autorización sea emitida por un profesional. Esta aclaración viene a cuenta de que, en algunas localidades del interior provincial, los jueces de paz emiten autorizaciones, cuya tarea está fuera de su incumbencia.

Cabe destacar que entre las competencias del juzgado de paz se consigna: certificar la autenticidad de la firma e impresiones digitales puestas en su presencia, en documentación por motivos jubilatorios, pensiones o percepción de seguros; a vecinos de la jurisdicción del juzgado de paz.

El presidente del Colegio de Escribanos, Carlos Baldi destacó la labor del escribano, quien con su actuación refuerza la seguridad jurídica y también la seguridad de las personas. “Tengamos presente que somos una provincia de frontera, el último filtro para salir del país y, sobre todo en el interior, que se pueda brindar una autorización para viajar con menores tan livianamente, volverá los controles más laxos y hasta podría fomentar la trata de personas”.
“Debemos pensar que cualquier otro acto es inconstitucional, entonces hay que ajustarse a lo legal, para más seguridad y, sobre todo, para tener la tranquilidad de viajar en paz”.

Requisitos: fotocopia de DNI de los padres y del menor. Partida de nacimiento del menor.

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